Fundamentos Jurídicos y Disposición de Funciones
Dos conceptos clave sostienen la arquitectura constitucional moderna:
La reserva de ley garantiza la libertad ciudadana al impedir que el Ejecutivo o el Judicial invadan la competencia legislativa. Solo el Parlamento, como representante directo del pueblo, puede crear normas generales que afecten a los derechos y libertades.
El principio de legalidad exige que todo acto jurisdiccional y administrativo esté fundamentado en una norma previa, asegurando certeza e igualdad en la aplicación del derecho.
En cuanto a la disposición de funciones legislativa y ejecutiva, los modelos difieren significativamente:
La separación de poderes exige especialización completa: solo el Legislativo puede crear normas, sin veto ni control jurisdiccional. Además, prohíbe al Legislativo adoptar medidas individuales y al Judicial anular actos ejecutivos.
La división del poder es más flexible, admitiendo el veto presidencial, el control constitucional y la distribución de funciones entre varios órganos. También permite que los actos del Ejecutivo sean revisados judicialmente.
Sin embargo, ambos modelos coinciden en la necesidad de especialización e independencia del Poder Judicial:
- Solo los jueces pueden resolver controversias
- Los jueces no deben ser nombrados ni removidos por otros poderes
- Las decisiones judiciales deben ser estables (cosa juzgada)
⚖️ Reflexión: La verdadera independencia judicial requiere no solo autonomía formal, sino también recursos suficientes y protección contra presiones indebidas. Un juez que teme por su cargo difícilmente puede ser imparcial.