Jornada de trabajo
La jornada laboral está estrictamente regulada por la ley y puede ser ordinaria o extraordinaria:
Jornada ordinaria: No puede exceder de 44 horas semanales, debe distribuirse en no menos de 5 ni más de 6 días, y no puede superar las 10 horas diarias. Estos límites son de orden público y no pueden ser modificados por acuerdo entre las partes.
Jornada extraordinaria: Son las horas trabajadas por sobre la jornada semanal pactada. Para ser válidas deben: atender necesidades temporales de la empresa, constar por escrito, tener vigencia no superior a tres meses (renovable), no ser perjudiciales para la salud, y no exceder de dos horas diarias.
También existe la jornada parcial, que es aquella de 30 horas o menos a la semana. Esta modalidad ofrece flexibilidad y mantiene todos los derechos laborales, con algunas particularidades en su organización.
💪 Consejo práctico: Si trabajas horas extras, asegúrate de que queden registradas adecuadamente, pues tienen un recargo en su valor y son fundamentales para calcular indemnizaciones futuras.