Descuentos previsionales y leyes sociales
Las leyes sociales son aportes realizados por empresas y trabajadores para garantizar acceso a servicios y programas de seguridad social. En Chile, estas incluyen diversos componentes esenciales:
La Mutual de Seguridad tiene una tasa base del 0,95% más una tasa adicional que varía según el nivel de accidentabilidad y la actividad económica del empleador. Protege a los trabajadores en caso de accidentes laborales.
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) equivale al 1,99% de la renta imponible y es financiado por los empleadores. Se paga a través de la planilla de AFP y brinda protección en casos de invalidez o fallecimiento.
El Seguro de Cesantía es obligatorio para trabajadores regidos por el Código del Trabajo. El aporte del empleador varía según el tipo de contrato:
- 3% para contratos a plazo fijo o por obra
- 2,4% para contratos indefinidos
- 0,8% para contratos indefinidos superiores a 11 años
💰 Recuerda: La cotización previsional por salud corresponde al 7% del sueldo imponible, pagadero a Fonasa o Isapre, pudiendo existir una cotización adicional en el caso de las Isapres.
La cotización previsional por vejez (AFP) se calcula sobre la Remuneración Imponible para trabajadores dependientes o la Renta Imponible declarada para independientes. En el primer caso, es retenida por el empleador para su posterior pago.
En la contabilización mensual de remuneraciones, se reconocen como pérdida (débito) las cuentas de sueldos, horas extras y asignaciones, mientras se abonan los pasivos como AFP, salud y sueldos por pagar.